Tarjeta Gasóleo Bonificado

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FDI, compañía autorizada por la Agencia Tributaria para la emisión, gestión y presentación en nombre de terceros emisores, de Tarjetas de Gasóleo Profesional.

La Ley 36/2006 de 29 de noviembre que modifica la Ley 38/1992 de 28 de diciembre, pone en marcha a partir del 1 de enero de 2007, un Gasóleo Profesional Bonificado para transportistas que tendrán derecho a devolución parcial.


Los titulares beneficiarios son aquellos vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías por carretera o transporte de pasajeros regular u ocasional así como vehículos taxis.

Las principales ventajas de esta tarjeta, se pueden definir en:

  • Evitar desarrollos informáticos en sistemas.
  • Captura y control de litros en cada transacción.
  • Sin necesidad de mantenimiento de CIM’s de comercios e información específica de vehículos y titulares.
  • Presentación de movimientos periódicamente a Hacienda.

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